Tribunal Penal condena a exdirector de la intervención del Infocoop por denuncias difamatorias contra periodista

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El Tribunal Penal de Pavas del III Tercer Circuito Judicial de San José condenó al exdirector ejecutivo del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo (Infocoop), Gustavo Fernández, al pago de alrededor de ¢4.000.000 en costas del proceso por la demanda sin sustento que presentó por difamación contra el medio digital CRHoy.com y el periodista Gerardo Ruiz Ramón.

La causa penal la presentó Fernández Quesada hace casi tres años, cuando ya el proceso de Intervención del Infocoop iba en declive, y se tramitó bajo el número de expediente 21-000070-0016-PE.

El juicio se tramitó en su etapa de juicio entre el 15 y el 22 de enero de este año.

Según Gustavo Fernández Quesada, el periodista Ruiz Ramón cometió un delito de difamación al publicar una nota el 9 de abril del 2021 titulada “Contador del Infoocoop desmiente pérdidas que condujeron a intervención”.

En esa nota, se daba cuenta de una declaración jurada del contador de la institución, donde echaba por tierra el argumento con el cual, mediante anónimos, Fernández impulsó la intervención de la institución.

Además de la causa penal contra Ruiz Ramón, el exdirector del Infocoop presentó una acción civil resarcitoria en contra del comunicador y del medio CRHoy.com en la que reclamaba ¢15 millones por presunto daño moral.

No obstante, el Tribunal Penal de Pavas absolvió por certeza de toda pena y responsabilidad a Ruiz y rechazó en todos sus extremos la acción civil resarcitoria de Fernández, a quien condenó al pago de las costas del proceso y de los honorarios del abogado defensor de Ruiz y de CRHoy.com, Cristian Arguedas Arguedas. Esto por cuanto el Tribunal no encontró una razón plausible para litigar.

Esto por cuanto el Tribunal no encontró una razón plausible para litigar. (No esta claro, esta mejor después)

Así lo subrayó la jueza Meybell Chévez, quien se encargó de comunicar el por tanto a las partes el pasado 22 de enero a la 1:30 p.m.

“Don Gustavo podía advertir realmente que no había una razón plausible al menos para litigar, además no puede soslayar, y no es que el Tribunal esté ni por asomo requiriendo una severidad mayor en ese sentido, lo que transparentemente don Gustavo indicó en debate, y es que él también es un comunicador y conoce este tema de la libertad de prensa, y conoce cómo se enarbola un documento, una nota periodística”, explicó la jueza Chévez, quien integró el Tribunal junto con los cojueces Rodrigo Salas y Cindy Núñez.

“Y entonces, en alguna medida, podía prever la existencia o no de esta razón para litigar. Es por estas circunstancias que el Tribunal también se ha decantado por condenar en costas personales tanto de la querella, como de la acción civil a don Gustavo”, añadió la jueza Chévez.

Los hechos

El periodista Gerardo Ruiz se encargó de cubrir la fallida intervención del Infocoop y parte del proceso posterior a esta, entre los años 2017 y 2022. Durante ese lapso Ruiz trabajó en CRHoy.com y en el diario La Nación.

En la querella, Gustavo Fernández acusó a Ruiz de redactar más de 66 notas periodísticas, mismas que aportó al expediente, según dijo durante el debate, para probar que el periodista lo había perseguido a él y había sesgado sus reportajes en contra del proceso de intervención, que decretó el gobierno de Luis Guillermo Solís (2014 – 2018) y que continúo durante buena parte de la administración de Carlos Alvarado Quesada (2018-2022). 

(2018-2022). Confunde al lector sobre el tiempo de la

intervención

No obstante, la jueza Chévez dijo que el Tribunal, tras leer todas las notas, no detectó ningún indicio de que los reportajes escritos por Ruiz fueran tendenciosos, ni mucho menos que mancillaran el honor de Fernández Quesada.

El 9 de abril del 2021, en CRHoy.com el periodista publicó la nota que, según Fernández, fue el corolario de la presunta persecución en su contra. En ese trabajo periodístico Ruiz se basó en una declaración que realizó ante dos notarios públicos el contador general del Infocoop, de apellido Jiménez, en la que afirmó que un alto funcionario del Departamento Financiero lo obligó a registrar pérdidas por deterioro de la cartera de créditos que, en realidad, nunca existieron.

Además, ante los notarios el funcionario también afirmó, bajo juramento, que accedió a realizar los registros contables por orden de su superior directo, y bajo advertencia de que en caso de no hacerlo podría ser sujeto de una cacería de brujas, ya que, durante la intervención, era ese el destino de quienes adversaban a Gustavo Fernández Quesada, quien entonces ocupaba interinamente la Dirección Ejecutiva del Infocoop.

En su acusación, el exjerarca afirmó que Ruiz escribió el reportaje con dolo y con el único fin de difamarlo y de maltratar su buen nombre.

No obstante, producto del desarrollo del debate, el Tribunal comprobó que Ruiz siguió las normas elementales del periodismo, al solicitar por los canales oficiales la versión de Fernández Quesada sobre los hechos con el fin de publicarla. Sin embargo, el exdirector ejecutivo se negó a acceder a la entrevista.

Ruiz también pidió al Infocoop una entrevista con la persona que el contador general señaló como la responsable de alterar los estados financieros. Sin embargo, al periodista le fue imposible contactarla pues dejó de laborar para la institución.

El 3 de febrero del 2022 la Junta Directiva del Infocoop acordó sancionar a Gustavo Fernández Quesada con ocho días de suspensión sin goce de salario por los problemas presentados con los estados financieros durante la intervención del Instituto. Posteriormente, el cuerpo colegiado acordó despedir a Fernández sin responsabilidad patronal el 26 de abril del 2023 tras abrirle un proceso administrativo por otra causa.

Persecución contra periodistas

Después de escuchar el por tanto en el que fue absuelto por certeza de toda pena y responsabilidad, el periodista Gerardo Ruiz afirmó que la sentencia demuestra que la cobertura que realizó de la intervención del Infocoop respetó los presupuestos establecidos para el ejercicio profesional del periodismo.

Ruiz consideró, a la luz de la resolución, que Fernández presentó en su contra una querella calumniosa por no contar esta con ningún sustento jurídico.

Asimismo, el periodista, con más de 24 años de ejercicio profesional, aseguró que el fallo del Tribunal Penal es un bálsamo para la prensa en momentos en que el gremio enfrenta serias trabas para acceder a la información pública.

“Los periodistas, todos los días, enfrentan persecución por publicar lo que a otros les interesa callar. Vivimos en un país que, lamentablemente, dejó de ser el faro de América en libertad de expresión y de prensa. Hoy, por el solo hecho de ser periodistas, lo mínimo que nos ganamos es que nos traten de prensa canalla y ya algunos colegas han sido objeto de agresiones físicas y verbales por culpa de funcionarios públicos irresponsables que azuzan a la ciudadanía en contra de los medios de comunicación”, acotó.

Su defensor, el licenciado Cristian Arguedas indicó que el fallo reafirma la importancia para la institucionalidad democrática de una prensa libre e independiente.

“El Tribunal Penal, por decisión unánime, absolvió por certeza, de toda pena y responsabilidad al señor Gerardo Ruiz Ramón y al diario CRHoy.com por una publicación que se hizo en el ejercicio de la libertad de expresión y de prensa, en el ejercicio de las normas elementales del periodismo y en el ejercicio, en términos generales, del buen periodismo.

“En este caso, el querellante planteó una querella que, desde el inicio, así lo dijo el Tribunal, ya estaba destinada al fracaso porque desde antes de interponerla el querellante ya sabía que mi representado no había hecho ni más ni menos que ejercer el periodismo de forma transparente y responsable y dando el balance, como corresponde”, destacó el abogado. 

Por Melany Fallas Vega

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