Conacoop comparecerá ante Comisión de Mujer por proyecto que crea 4to sector político en cooperativismo

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Aarón Chinchilla. –  La Comisión de Asuntos de la Mujer convocó al Consejo Nacional de Cooperativas (Conacoop) a referirse sobre el expediente 21.051 que crea un cuarto sector político dentro del movimiento cooperativo.

Mediante oficio AL-CEPM 1230-2020, el órgano legislativo convocó al Presidente de CONACOOP,  Geovanny Villalobos Guzmán a comparecer para que se refiera a la “Creación del Comité para la Igualdad y la Equidad de Género y los Derechos de las Mujeres del Movimiento Cooperativo” según la reforma que plantea el expediente N.º 21.051.

La comparecencia se dispuso el lunes 23 de noviembre, cinco minutos después de finalizada la sesión de Plenario;  esto suele ser a las 18:00 horas.

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¿Qué dice el proyecto?

El expediente 21.051, impulsado por la diputada oficialista Nielsen Pérez, propone reformar una serie de artículos de la 4179 (Ley de Asociaciones Cooperativas) y adicionar un título IV para crear un comité de igualdad y equidad de género.

Además, plantea que, en la conformación del Consejo Nacional de Cooperativas (Conacoop) sea integrado por los tres sectores actuales (cooperativas de autogestión, producción agrícola e industrial, además de demás cooperativas y adicionalmente se incluya el apartado político de “ahorro y crédito”, las cuales deberán celebrar cooperativas separadamente.

En cada una de las asambleas a que se refiere el apartado anterior, se elegirá a diez personas representantes, integradas por un cinco hombres y cinco mujeres.

Por otra parte, se conforma el “Comité para la Igualdad y la Equidad de Género y los Derechos de las Mujeres del Movimiento Cooperativo” que deberá “promover, impulsar, incidir y fiscalizar la incorporación de la perspectiva de género en el movimiento cooperativo promoviendo el desarrollo económico, político y social de las mujeres cooperativistas en igualdad de trato y condiciones con los hombres cooperativistas”

Dicho órgano serán nombrado por una Asamblea General de Mujeres Cooperativistas conformada por una representante propietaria designada por cada una de las cooperativas inscritas y debe haber presencia de los sectores cooperativos de autogestión, cogestión, agrícola industrial, ahorro y crédito y todos los demás sectores. Las personas nombradas lo serán por un período de dos años y podrán ser reelectas en Asamblea de manera consecutiva.

¿Y Cuáles serán las atribuciones de la comisión?

  1. Establecer la coordinación interinstitucional cooperativa  necesaria que le permita promover y orientar políticas para el fortalecimiento de los programas dirigidos a la plena incorporación y participación activa de las mujeres en el movimiento cooperativo para una igualdad y equidad de género.
  2. Impulsar la promulgación de políticas cooperativas que beneficie la condición socioeconómica de la mujer y su plena incorporación al desarrollo de la sociedad en igualdad de condiciones con el hombre.
  3.  Coordinar actividades cooperativas con organismos nacionales e internacionales y ejecutores de programas para el desarrollo sostenible con perspectiva de género.
  4. Promover la participación y representación paritaria de las mujeres dirigentes cooperativistas en la dirección de todos los órganos y entes  cooperativos de toma de decisiones.
  5. Promover la incorporación de la perspectiva de género en los procesos de planificación y asignación presupuestaria en cada uno de los diferentes entes y órganos cooperativos.
  6. Promover, orientar y proponer actividades para lograr la incorporación de la perspectiva de género en el quehacer de las organizaciones cooperativas.
  7. Coordinar y colaborar con las organizaciones cooperativas, los programas con perspectiva de género que fortalezcan la igualdad y equidad de género en el movimiento cooperativo.
  8. Establecer y mantener mecanismos de comunicación, información y consulta permanente con una perspectiva de género con todos los entes y órganos cooperativos.
  9. Promover la creación de oficinas regionales del Comite, garantizando y coordinando su funcionamiento.
  10. Brindar asesoramiento y orientación a todos los entes y órganos cooperativos para que desempeñen sus actividades sin discriminación entre mujeres y hombres.
  11. Vigilar que las disposiciones administrativas cooperativas no sean discriminatorias y respeten los derechos de las mujeres.
  12. Promover y realizar investigaciones con una perspectiva de género, que permitan identificar las brechas e indicadores de género del movimiento cooperativo.
  13. m) Mantener relaciones de intercambio y cooperación con organismos nacionales e internacionales que se ocupen de la promoción de la igualdad y equidad de género.
  14.  Apoyar los Comité para la Igualdad y la Equidad de Género y los Derechos de las Mujeres del Movimiento Cooperativo s de género que se conformen en las diferentes organizaciones cooperativas.
  15. Presentar un informe anual de actividades realizadas al plenario del CONACOOP y enviar al INFOCOOP un informe anual de liquidación de gastos.

A partir de el dictamen, la comisión deberá presentar un dictamen (mayoría-minoría) que deberá ser votado por el mismo órgano legislativo. En caso de ser aprobado, pasaría a discusión en dos debates por los 57 diputados.

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