Tesorería Nacional incumple ley y bloquea cobro de deudas a funcionarios públicos

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Para muchos, ser funcionario público en el país podría ser una ventaja al momento de optar por un crédito, pues la garantía de cobranza está prácticamente asegurada mediante el sistema de deducciones automáticas que realiza el Ministerio de Hacienda a través de la Tesorería Nacional.

Este tipo de cobro es el que hace precisamente que los funcionarios públicos sean vistos como buenos “pagadores” por parte de las empresas que ofrecen sus servicios. Pero, con la entrada en vigencia de la ley de usura en julio del 2020 la situación se complicó, pues los diputados aprobaron topes a los cobros de los funcionarios que hacían imposible que las empresas pudieran cobrar las deudas adquiridas antes de la aprobación de dicha norma.

Lo anterior por cuanto se señaló que no se podía embargar el salario cuando las rebajas afectan el ingreso de los empleados por debajo del salario más bajo del decreto de salarios mínimos, que para este semestre es de ¢319.000.

Esto obligó a los diputados a enderezar la ley, con una reforma transitoria, para que se permitiera el rebajo de las cuotas por concepto del pago de bienes o servicios adquiridos antes de la aprobación de la ley de usura. Hasta ahí, todo bien.

“Esto brindó herramientas para que la Tesorería Nacional pueda cobrar lo que estaba pactado antes de las limitaciones señaladas en la Ley de Usura”, recordó Carlos Montero, presidente de la Federación de Asociaciones Cooperativas de Servicios R.L.

SIN EMBARGO, NO TODO IBA A ESTAR BIEN.

Esta reforma se aprobó y entró en vigencia en noviembre del 2020. Sin embargo, la Tesorería Nacional no ha hecho caso a la ley. Por el contrario, frenó la rebaja automática de las deudas de los funcionarios públicos que adquirían bienes y servicios a través de rebajas automáticas.

“Tenemos esa limitante muy acentuada. A hoy, meses después (de aprobada la reforma que permite el cobro) la Tesorería Nacional no aplica las deducciones para las deudas anteriores”, reclamó Montero. Esto porque luego que la Procuraduría General de la República emitiera una opinión donde considera que las rebajas con inconstitucionales, y aunque su opinión no es vinculante, el subtesorero Nacional, Mauricio Arroyo, se ha negado a aplicar la ley, aduciendo que la opinión de la Procuraduría indica la inconstitucionalidad de la norma.

Esto “pone en serias dificultades a las organizaciones sociales que han financiado de posibilidades de consumo, de crédito, de estudio y todas las opciones que brindan las cooperativas en general”, dijo Montero.

PROBLEMAS.

Esto ha traído consigo una situación complicada para las cooperativas y empresas que mediante estos códigos deductores trabajaban líneas de crédito con funcionarios públicos.

La Tesorería Nacional, a través de Arroyo, advierte que no va a rebajar del salario de los empleados las cuotas de sus deudas, cuando éstas rebajas los dejen con menos dinero que el denominado salario mínimo. Pero esto, lejos de beneficiar a los funcionarios, los afecta, pues se ha disparado la morosidad de los funcionarios y esto afectan su récord crediticio, daña el patrimonio de las cooperativas y empresas, así como sus ingresos, lo que provoca desfinanciamiento y eventualmente el cierre de empresas (vaya manera de alentar una crisis).

EN SENCILLO:

La Tesorería Nacional interpreta a la luz de una opinión de la Procuraduría que ningún
funcionario público puede ser objeto de cobranza si las rebajas tocan el salario mínimo de acuerdo con la tabla del Ministerio de Trabajo que actualmente es de ¢319.000.

Esto amarra a las empresas cooperativas y a las organizaciones que intentan cobrar las deudas adquiridas por los funcionarios públicos. Al respecto, Gilda González, secretaria del Consejo de Administración de Fecóser R.L. calificó de “injustificado el actuar de la Tesorería Nacional y queremos recalcar que acerca de este órgano, no es la primera vez que sus funcionarios colaboran en el diseño y la imposición de actos administrativos que de manera previsible y evitable, causan el incumplimiento de la legislación”.

Por su parte, Montero, recalcó que el apoyo a la ley contra la usura era para regular las tasas de interés, y no para afectar a las cooperativas de servicios múltiples ni a las de
ahorro y crédito.

“Para sorpresa nuestra, dentro de la ley se pone los límites al salario mínimo, con la desventaja que no se toma en cuenta que la gente, durante los últimos 60 años tenía la práctica de optar por el crédito en asociaciones solidaristas, en cooperativas, en cooperativas de servicios múltiples y en cualquier otra entidad que el sistema financiero costarricense supervisado o no por la Sugef le brindaba.

Se intentó conocer el criterio directo de la Tesorería Nacional, sin embargo, al cierre de edición no se había obtenido la respuesta

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