Magistrados obligan a Müller a garantizar ‘derechos’ a personas sordas

0
25

Los magistrados de la Sala Constitucional dieron a favor un recurso de amparo que pone a la ministra de Educación Anna Katharina Müller, a reajustar las decisiones que tomó en el pasado con los estudiantes sordos.

El cierre del programa SESA ( Servicio Educativo de Sordos Adultos) y la reubicación de los estudiantes sordos en aulas regulares dejó un sin sabor al presidente de la Asociación Pro Defensa Derechos Sordos CR, Yordi Sotomayor, que lo llevó a presentar el recurso que es estudiado bajo el expediente N° 23-026015-0007-CO.

En la sesión del pasado 22 de diciembre los jueces coincidieron en que las autoridades del Ministerio de Educación Pública (MEP) actuaron de una forma “intempestiva” cuando clausuraron el SESA y dispusieron el traslado de los estudiantes activos -así como la matrícula de estudiantes nuevos- al CINDEA de Montes de Oca, con esto llegaron a la conclusión que el MEP violentó el derecho a la educación de la población estudiantil sorda.

La decisión de la Sala se fundamentó en el derecho a la educación en condiciones de igualdad y, concretamente, el acceso a la formación educativa, especialmente cuando los educandos se encuentren en situación de discapacidad, exigiendo la creación, conservación y desarrollo de programas de enseñanza especiales e incluyentes.

En la sentencia 2023-033148, los magistrados ordenaron a la ministra de Educación Pública garantizar plenamente y de forma ininterrumpida, a las personas cubiertas actualmente por el programa SESA y a la población sorda en general, su derecho a la educación de calidad en condiciones de igualdad e inclusión.

Ante esta situación la Sala condenó al Estado a pagar las costas, daños y perjuicios causados a esta comunidad.

En el documento de la Sala se cita:

“Se advierte a la parte recurrida que, de no acatar la orden dicha, incurrirá en el delito de desobediencia y, que de conformidad con el artículo 71 de la Ley de esta jurisdicción, se le impondrá prisión de tres meses a dos años, o de veinte a sesenta días multa, a quien recibiere una orden que deba cumplir o hacer cumplir, dictada en un recurso de amparo y no la cumpliere o no la hiciere cumplir, siempre que el delito no esté más gravemente penado”.

*significado de intempestiva* Que es o está fuera de tiempo y sazón.

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí