Sala IV acoge amparo de gerente de CoopeSuperación por discriminación en elecciones del Banco Popular

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La Sala IV analiza la inconstitucionalidad de las reglas de elecciones internas del Banco Popular, luego de acoger un recurso presentado por el gerente de CoopeSuperación R.L., Julio Rojas, quien señala que los procesos eleccionarios tienen vicios de legalidad.

Esto tiene al Banco Popular y de Desarrollo Comunal en el ojo de la tormenta tras la presentación de un recurso de amparo en su contra, alegando irregularidades en la presentación de candidaturas para la Junta Directiva.

La Sala designó al expresidente de la Corte, el magistrado Fernando Cruz, para llevar el proceso, que persigue declarar inconstitucional el reglamento para la elección de los miembros representantes de la Junta Directiva de la Asamblea de Trabajadores convocada para el 4 de noviembre de 2023.

Esto porque, de acuerdo con el expediente N° 23-025425-0007-CO se genera una discriminación y se violentan los derechos civiles de los postulantes que no integren una papeleta.

Rojas, quien consideró oportuno presentarse al proceso electoral del Popular, sostiene que se le ha prohibido la participación en las elecciones, simplemente por no presentar su candidatura en una papeleta, esto por cuanto las reglas actuales impiden las postulaciones individuales.

“He puesto este este recurso de amparo ante la Sala Constitucional con el fin de que declare que es violatorio de mis derechos fundamentales de libertad individual, de igualdad y del principio democrático” comentó el gerente.

“Efectivamente se viola el derecho democratico a la participación dado que en el articulo 25, establecen que solo debe postularse por papeleta pero esta conformada por 4 miembros y esto último no se indica en el articulo preciado”, agregó Rojas.

Asimismo, Rojas reclama que las reglas no se informaron de manera oportuna y clara a los aspirantes ni a los miembros de la Asamblea de Trabajadores.

El gerente de Coopesuperación R.L sostiene que la normativa actual no especifica que las candidaturas deben formar parte de una papeleta de cuatro miembros, lo cual considera un vacío de información que viola el derecho democrático de participación individual.

Freddy González Rojas, presidente del Movimiento Cooperativo, respalda el recurso de amparo y denuncia una clara discriminación por parte del Banco Popular, argumentando que la entidad acomoda los nombres a su conveniencia.

Además, señala que la normativa fue establecida de forma irregular y que la Asamblea debería tener la libertad de decidir si desea utilizar papeletas o permitir candidaturas individuales.

“Es una normativa que no se había informado y que deja en indefensión a muchos. Es una injusticia. Debemos actuar, porque así las cosas, las personas no pueden hacer uso de sus derechos, esto se debe a una ocurrencia en una Asamblea anterior”, expresó.

A criterio del líder cooperativista, el error radica en que “no tomaron en cuenta que existía la posibilidad de que esto fuera un error, y que se quita la opción a un miembro de la Asamblea de ser candidato”, mencionó el presidente del Movimiento Cooperativo.

“Esta norma la establecieron de forma irregular, limita a las personas a participar, sabiamente la Sala lo ha acogido. Desde el Movimiento consideramos que no puede haber ninguna limitación, una vez que la Asamblea adentro decida hacerlo por papeleta, porque son cuatro candidatos, es una cosa que la Asamblea puede hacer lo que le da la gana”, aseveró González. 

Ahora, el Popular deberá realizar el descargo pertienente para defender su reglamento, toda vez que la decisión de la Sala, para ser efectiva, debería tomarse previo a la elección de este 4 de noviembre.

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