Por Ovidio Vargas.
El Tribunal de Apelaciones de lo Contencioso condenó a la Contraloría General de República a dejar sin efecto las sanciones en contra de los cooperativistas Freddy González y Carlos Alberto Castro, quienes fueron perseguidos durante la intervención política del Gobierno al Infocoop.
El Tribunal además obligó a la Contraloría a notificar a González y Arguedas que el proceso implicaba la suspensión de los castigos en su contra, lo que implicó obligarles a deshacer las sanciones.
Dicha sanción golpeó a González y Castro quienes en ese momento desempeñaban cargos de representación del Movimiento Cooperativo, y esto le costó a González su puesto como secretario ejecutivo del Conacoop.
Así consta en el oficio 04771 en el cual la propia Dirección Jurídica de la Contraloría debió notificar lo resuelto en la sentencia oral N° 102-2022-I del 18 de marzo de 2022.
De esta forma, la Contraloría se vio obligada a anular las sanciones que emitió contra los cooperativistas entre setiembre del 2018 y que había ratificado en abril del 2019.
Así las cosas, el Tribunal dobló el brazo a la Contraloría y la hizo cumplir con la sentencia que ya había dictado el juzgado Contencioso en julio del 2021, cuando en primera instancia se anularon los castigos contra González y Castro.
Prácticamente, por segunda ocasión los cooperativistas le ganaron el pulso a la Contraloría General de la República (CGR); de un caso que los inhabilitó por cuatro de los cinco años impuestos por la institución, a pesar de estar equivocada.
El proceso es complicado, la Contraloría exigió la suspensión por cinco años tanto de González como de Castro por supuestas “faltas graves”, señaladas por la Junta Interventora del Infocoop en la resolución N° 12890-2018, DJ-1203.
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Sin embargo, estas estaban basadas en denuncias anónimas por corrupción que fueron desestimadas, razón por la cual el Tribunal Contencioso Administrativo en julio del 2021 determinó que la CGR puso las sanciones de forma antojadiza, ya que fueron decretadas bajo criterios “subjetivos”.
Con esto se anulaba la resolución de la Contraloría, no obstante, las apelaciones del ente seguían alargando el proceso; que afectaba a González y Castro.
Todo a pesar de la CGR fue condenada por a pesar de esta fue condenada por una “abierta violación a los principios de la averiguación real de los hechos, aplicación de criterios de la sana critica, derecho de defensa, y el dimensionamiento de la responsabilidad de los accionantes”.
Por esta razón, ambos tuvieron que accionar una medida cautelar contra la entidad pública fiscalizadora para que se suspenda la inhabilitación de cargos.
El Tribunal terminó por reiterarle a la Contraloría que González y Castro no cometieron ninguna “falta grave” y dejando en firme la resolución No.58-I-2021, devolviéndoles el derecho a ostentar cargos públicos.