Por Ovidio Vargas.
El proyecto de ley 22.490, plantea una serie de reformas a la ley N° 8.901 y cambiar la Ley de Cooperativas, exigiéndo más trabas y controlando la libertad en su conformación, fue dictaminado por la Comisión de Asuntos de la Mujer en la Asamblea Legislativa.
La diputada oficialista Nielsen Pérez, impulsó este proyecto, cuyo loable fin es garantizar la paridad de género en asociaciones.
Sin embargo, se valen de una ley que contempla a las asociaciones civiles, solidaristas y sindicatos; para introducir dentro del mismo saco a las cooperativas, las cuales son entes privados, definidos con el fin desarrollar una actividad económica, en la que pueden existir una empresa de sólo mujeres y ser fuente de trabajo para esa población.
La reforma que viene a emplear más trabas en la fundación de una cooperativa se da en la modificación al artículo 31 de la Ley Coperativa, en el que se estipulan las condiciones con las que se deben cumplir.
Se añade un inciso f) en el se obligan a demostrar por actas la paridad de género vertical y horizontal.
“No podrán constituirse mientras no se demuestre en el acta, haber observado el principio de paridad de género vertical y horizontal en las postulaciones y en la elección e integración de los órganos que la conforman”.
De esta manera, para abrir y que funcione una empresa de 20 (o 12 personas en el caso autogestionario) se deben buscar a 10 hombres y 10 mujeres.
La carencia de lógica en el proyecto recuerda al proceso del expediente 20.803, politizando los procedimientos administrativo en cooperativas, sin contemplar la constitución de cada organización y lo variada que puede ser.
También se incorpora un artículo 31 bis, el cual contempla el caso de organizaciones con nómina impar, para lo cual, la diferencia entre el total de hombres y mujeres no puede ser mayor a uno, “salvo las excepciones previstas en la Ley N° 8901”.
No obstante, esta ley solo contempla a las asociaciones civiles, solidaristas y sindicatos; por lo que no existe excepción para cooperativas.
Espíritu de la ley
La inciativa tiene como objetivo brindar más espacios merecidos por la mujeres y garantizar que se elimine la discriminación, lo cual quieren garantizar en los principios y valores cooperativos que establece la ley.
El proyecto de ley busca agregar el inciso L), donde se determina la “igualdad y equidad de género”.
Sin embargo el artículo 3 de la Ley Cooperativa (N° 4179) menciona los principios a los que deben ajustarse las organizaciones y previamente contemplado el principio de “neutralidad racial, religiosa y política e igualdad de derechos y obligaciones de todos los asociados”.
Por esta razón los principios y valores de igualdad entre los miembros de una cooperativa, indiferentemente del género, existe en la ley desde su creación.