Por el Lic. Mauricio A. Pazos Fernández, Director Ejecutivo a.i. del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo (Infocoop).
El reciente artículo titulado “INFOCOOP: Cuando el capitán no sabe hacia dónde va, el barco está condenado al naufragio” no es un ejercicio de análisis técnico ni de fiscalización responsable. Es, en realidad, un texto construido sobre afirmaciones generales, lenguaje inflamado y ausencia total de evidencia verificable.
Y ese problema se agrava cuando se examina quién firma el texto.
No es una voz neutral
El autor, Guillermo Calderón Torres, no es un observador externo ni un analista independiente. Fue durante más de diez años Auditor Interno del INFOCOOP, es decir, la persona encargada precisamente de detectar, advertir y corregir cualquier irregularidad institucional, sin embargo, su credibilidad debe evaluarse al margen de un hecho objetivo y verificable: fue condenado penalmente por dos delitos contra la probidad en el ejercicio de la función pública vinculadas directamente con sus actuaciones en el ejercicio de ese cargo.
La sentencia 375-2023 del Tribunal Penal de Goicoechea, confirmada en lo sustancial por el voto N2024-0467 del Tribunal de Apelaciones y la resolución 2026-00052 de la Sala Tercera, lo declaró autor responsable de un delito de incumplimiento de deberes y de un delito de administración en provecho propio, y se le impuso pena de prisión, inhabilitación para ejercer cargos públicos y ejecución condicional de la pena por dos años.
Lo dicho no es un juicio de valor, es un hecho comprobable, las sentencias establecen que incumplió su deber de excusarse al existir un interés personal y que generó un beneficio personal directo al archivar una denuncia en la cual figuraba.
La Sala de Casación Penal establece que cuando se trata de delitos cometidos por funcionarios públicos en ejercicio de su cargo, existe una responsabilidad reforzada, precisamente por la posibilidad de influir u obstaculizar investigaciones.
Es decir, el estándar para un Auditor Interno no es el mínimo. Es el más alto posible. Esto define el punto central, no se trata de diferencias de criterio, se trata de hechos acreditados en sede penal.
La contradicción de fondo
Surge entonces una pregunta inevitable: ¿dónde estaban estas denuncias cuando el autor ocupaba el cargo que precisamente le obligaba a formularlas?
Durante más de una década tuvo acceso a la información, capacidad técnica, respaldo normativo y deber legal de actuar. Sin embargo, los señalamientos aparecen después, fuera del cargo y tras una condena penal.
Esa secuencia no puede ignorarse.
Un artículo sin pruebas
El texto publicado utiliza expresiones graves como “negligencia patrimonial”, “desgobierno” o “feudo de ineficiencia”, pero no aporta un solo expediente, informe técnico o evidencia verificable.
En materia pública, eso no es fiscalización. Es narrativa.
Ex auditor pidiendo cuentas, pero no las brindaba
El artículo intenta construir credibilidad a través del lenguaje. Pero en la gestión pública, la credibilidad se construye con evidencia, no con adjetivos.
Es curioso como el señor exauditor, luego de la firmeza de su condena, exige cuentas como si desde el INFOCOOP nunca se hubieran dado, sin embargo, su gestión careció de la transparencia que se requería ya que existieron diferencias y cuestionamientos formales sobre su gestión en diversos aspectos administrativos.
La diferencia entre crítica y posicionamiento
La crítica institucional es válida, pero exige coherencia. No es coherente omitir durante años observaciones que eran deber funcional y luego presentarlas como hallazgos.
El debate no es sobre una persona. Es sobre la seriedad con la que se abordan los asuntos públicos, por ello debo indicar lo siguiente:
- Sobre la afirmación de que el INFOCOOP “perdió el norte” y actúa con “negligencia patrimonial”: Esa afirmación constituye un juicio de valor subjetivo, retórico y carente de sustento técnico. El señor Calderón Torres no aporta un solo informe financiero oficial, acuerdo de Junta Directiva, auditoría externa, criterio técnico o indicador verificable que permita concluir semejante extremo. Por el contrario, la gestión institucional del INFOCOOP se encuentra sometida a controles internos, fiscalización externa, supervisión presupuestaria y rendición permanente de cuentas ante las instancias competentes.
Lo que omite indicar el señor auditor interno es que durante mi gestión, tuvo diferencias de criterios, como también con la Junta Directiva, lo cual produjo acciones que generaron cuestionamientos sobre los límites de su función.
- Sobre los bienes adjudicados y los supuestos “activos improductivos”: El señor Calderón Torres omite deliberadamente que la administración de bienes adjudicados responde a variables jurídicas, registrales, de mercado, posesión material, avalúos, saneamiento y procesos de disposición que no dependen de una voluntad arbitraria.
Reducir un tema técnico y patrimonial complejo a una consigna periodística constituye una simplificación inadecuada de un tema técnico complejo de quien conoce perfectamente las dificultades legales y operativas que existen en este tipo de activos.
Cabe destacar que la problemática de los bienes adjudicados deviene de las administraciones del PAC cuando fue intervenido el INFOCOOP, y en poco tiempo se pasó de tener 7 bienes adjudicados, a tener una suma importante de bienes.
Sin embargo, omite indicar el señor ex auditor que el INFOCOOP ha tomado medidas como la presentación de un proyecto de ley número 22503 que permitiera a la Instituciones dispones de dichos bienes en favor de las cooperativas, sin embargo, fue archivado por diputados de oposición.
También omite el señor ex auditor que el INFOCOOP está trabajando con el INDER para venta de bienes, e inclusive se está trabajando en el proyecto del aeropuerto de la Zona Sur del país en conjunto con Casa Presidencial y otras instituciones, y cabe destacar que al momento que se informó a la Junta Directiva, consta en actas que Guillermo Calderón Torres cuestionó el proyecto.
Igualmente, omite el señor ex auditor el trabajo que se está realizando para que dichos bienes tengan la información actualizada y puedan ser conocidas en nuestra página web para eventuales remates.
Es importante indicar que el tema de bienes se está ordenando debido a que durante 7 años no se contaba con una base de datos ni un sistema que nos permitiera mantener un orden, y desde el 2023 esto ha cambiado, inclusive se ha trabajado en la exoneración de pago de impuestos municipales, lo cual ha reducido drásticamente el gasto.
También hemos dado en derecho de uso en precario varios bienes a cooperativas que necesitaban el fomento del INFOCOOP para crecer.
- Sobre la política crediticia y la supuesta ausencia de rigor técnico: La afirmación de que el INFOCOOP “inyecta miles de millones” sin rigor técnico es falsa, temeraria y omite los procedimientos de análisis, aprobación, seguimiento y formalización que rigen la actividad crediticia institucional. No identifica un solo expediente concreto ni demuestra violación específica de norma, manual o política. Se limita a lanzar una acusación genérica para desacreditar a la institución, sin la carga mínima de prueba que una imputación de esa naturaleza exige.
En el INFOCOOP contamos con una comisión de crédito y una comisión financiera debidamente regulada, además se cuenta con un reglamento de crédito, y un departamento de Financiamiento totalmente profesional que analizan los créditos de forma profesional y con una visión socioeconómica para el desarrollo de las cooperativas.
- Sobre la supuesta morosidad “real” superior al 25%: Cuando el señor Calderón Torres lanza una cifra de esa magnitud, tiene la obligación ética y técnica de citar la fuente, el corte temporal, la metodología de cálculo y la definición usada. No lo hace. No distingue entre mora bruta, mora neta, cartera readecuada, cartera judicial, provisiones, cobertura, garantías o niveles de recuperación. En materia financiera, esa omisión invalida la seriedad de su afirmación.
La morosidad real de la cartera es de 8,12% en Cobro Judicial y 0,35% con atraso, mientras que un 92% corresponde a la cartera regular, es decir, que está al día en sus pagos.
- Sobre la supuesta falta de administración de Riesgo. La expresión “ausencia de una administración de riesgo real” no es más que otra descalificación sin respaldo. Si el señor Calderón Torres sostiene que la administración de riesgo es inexistente, debe demostrar qué política falta, qué procedimiento no opera, qué estructura no existe o qué requerimiento normativo se incumple. Mientras eso no ocurra, su afirmación es propaganda, no análisis.
El señor Calderón Torres, hace afirmaciones a medias, con tal de incidir y promover su visión de los hechos, ya que en INFOCOOP estamos trabajando por mejorar la administración del riesgo, mediante la utilización del sistema de madurez y administración del riesgo, gracias al departamento de Desarrollo Estratégico.
En 2025 logramos además de implementar nuevas herramientas, se aprobaron reglamentos que van acorde con Gobierno Corporativo.
Estos hechos son realidades que se pueden comprobar; el detalle es que la gestión del riesgo se hace mediante un proceso que va mejorando y fortaleciéndose con el tiempo, y los resultados necesariamente requieren el pasar del tiempo para arrojar resultados.
Básicamente Guillermo se adelantó a criticar los resultados de un sistema que está en proceso de construcción y maduración.
- Sobre los nombramientos y la supuesta falta de idoneidad. Resulta especialmente impropio que el señor Calderón Torres cuestione la idoneidad de terceros con frases generales, ambiguas y ofensivas, sin individualizar cargos, perfiles ni incumplimientos concretos. Los nombramientos institucionales se rigen por el marco jurídico aplicable, los procedimientos internos y los requisitos del puesto.
Desde el INFOCOOP se han estado realizando los diferentes concursos internos y externos que se han requerido, y hemos tenidos dos auditorias de la época de Guillermo Como auditor interno, como también de la Contraloría General de la República.
- Sobre las denuncias de acoso laboral y las supuestas desatenciones al Ministerio de Trabajo. El artículo menciona “denuncias permanentes” y “sin respetar las prevenciones” del Ministerio de Trabajo, sin embargo cabe mencionar que todas las denuncias que se han presentado, se han cumplido con el debido proceso, eso sí, lo que se desprende del artículo es una reiteración de señalamientos que ya han sido conocidos en sede judicial, y los pronunciamientos han sido a favor del INFOCOOP, ordenando el archivo de las denuncias, por lo que terminan siendo presentadas por los denunciantes en sede adminsitrativa.
- Sobre la llamada “planilla en la sombra” y el pago a funcionarios suspendidos. Esa expresión es abiertamente tendenciosa. El señor Calderón Torres sabe, o debería saber, que cualquier separación temporal de funciones dentro del empleo público debe analizarse a la luz del debido proceso, la legalidad administrativa, la presunción de inocencia, las medidas cautelares aplicables y las consecuencias jurídicas que tendría una actuación arbitraria de la Administración. Presentar esas situaciones como si se tratara de un “mecanismo de silencio pagado” constituye una afirmación carente de demostración y sustento.
También es omiso en indicar que él desde la auditoría interna fue el artífice de la existencia de más de 24 procedimientos administrativos, en la que él mismo recomendó la suspensión de funcionarios, lo cual le ha costado al INFOCOOP millones de colones en suspensiones; cabe mencionar que dichos procesos recayeron en solo 14 de 117 funcionarios de la institución, y entre ellos estaba tanto el abogado director del proceso penal en el que se le condenó a Guillermo Calderón Torres, como también uno de los testigos, en ambos casos.
A la fecha se han resuelto 22 procedimientos, y tan solo se han condenado en sede administrativa a 3 funcionarios; cabe resaltar que de los 3, uno de ellos en sede judicial se ordenó su reinstalación, lo cual evidencia debilidades en algunos de los estudios y recomendaciones emitidos en ese período.
De los 14 funcionarios, solo quedan 2 funcionarios con procesos pendientes y están suspendidos porque según criterio del auditor interno, no cumplen requisitos para mantenerse en los cargos
- Sobre el supuesto uso arbitrario y caprichoso de fondos públicos. Nuevamente, se trata de una conclusión retórica sin una sola prueba directa. El uso de recursos públicos en el INFOCOOP está sometido a normas presupuestarias, controles administrativos, auditoría, trazabilidad y fiscalización externa. No basta con enunciar una descalificación para convertirla en verdad.
- Sobre el llamado a intervención de la Contraloría, Fiscalía y Poder Ejecutivo: La institucionalidad democrática costarricense no opera sobre la base de artículos de opinión cargados de resentimiento, sino sobre hechos probados y procedimientos formales. Si existen órganos competentes, estos actúan conforme a derecho y no por consignas mediáticas. El intento del señor Calderón Torres de impulsar una intervención institucional mediante descalificaciones generales un enfoque carente de objetividad técnica que una genuina preocupación por el cooperativismo nacional.
Además, omite indicar el exauditor que desde hace varios años la propia Contraloría nos ha estado auditando en diferentes temas, inclusive en actas de las sesiones de la Junta Directiva consta que él confesó haber trabajado de la mano de la Contralora varios estudios y auditorías al INFOCOOP, es decir, que gracias a este accionar de Calderón Torres, generó un debilitamiento en el servicio que prestábamos, pues daba plazos de hasta un día para la entrega de documentación que requería más tiempo; por ejemplo, tanto que critica la colocación de crédito, pero omitió indicar que desde la auditoría trató de paralizar el departamento de Financiamiento con auditorías de créditos que apenas se habían colocado.
Conclusión
El INFOCOOP reconoce el valor de la crítica seria, documentada y responsable. Lo que no puede aceptar es que se pretenda presentar como análisis técnico lo que en realidad es un texto saturado de adjetivos, ataques personales, generalizaciones y afirmaciones sin prueba, suscrito además por una persona cuya objetividad debe valorarse a la luz de los hechos judiciales previamente señalados, se encuentra severamente comprometida por su historial reciente y por las consecuencias jurídicas derivadas de su propia conducta.
El artículo base es un texto de opinión con lenguaje condenatorio, pero sin sustento documental visible, y más importante aún, deja una estela de duda, pero no señala a nadie en específico.
La institución seguirá respondiendo con trabajo, datos verificables, apego al marco legal y defensa firme de su honor institucional frente a ataques infundados.
Quien tuvo durante años deberes de control interno no puede pretender, una vez apartado e inhabilitado, reconstruirse como fiscal externo moral del mismo sistema del que formó parte y en el que guardó silencio cuando tenía la obligación funcional de actuar.
Desde el INFOCOOP seguiremos generando oportunidades y desarrollo por una Costa Rica más próspera y cooperativa.







