La Sala Constitucional condenó a la Cooperativa Agroindustrial de Servicios Múltiples de Productores de Palma Aceitera (Coopeagropal R.L) a eliminar el acuerdo mediante el cual habían expulsado a dos de sus asociados por haber defendido sus derechos a continuar en la organización.
Los magistrados determinaron que era ilegal el acuerdo mediante el cual el consejo de administración promovió la expulsión de los asociados de apellido Zúñiga, que cuestionaron, precisamente ante la Sala, decisiones de la cooperativa relacionadas con la retención de excedentes.
En su queja a los magistrados, ambos afectados informaron a la Sala que “por haber interpuesto un recurso de amparo anterior ante la Sala Constitucional, los órganos de la cooperativa han considerado que ese hecho (la presentación de un recurso de amparo) es de tal gravedad que configura una causal de expulsión”.
Los hechos
En enero de 2020, los dos asociados de apellido Zúñiga hicieron una solicitud de información a Coopeagropal que no fue contestada, por lo que acudieron a la Sala IV en busca de una respuesta.
En esa oportunidad, la Sala señaló que el recurso no procedía, por lo que dejó en manos de la cooperativa el seguimiento del proceso, sin embargo, la cooperativa emprendió un proceso de expulsión de ambos cooperativistas, aduciendo, desde el Comité de Vigilancia, que se había violentado el estatuto.
Este proceso apuró una sesión especial de la Asamblea dirigida únicamente a removerlos de la cooperativa, pese a que para entonces, ya existía un amparo presentado ante la Sala.
Aún así, la asamblea para expulsar a los asociados se llevó a cabo el 23 de setiembre de este año, resultando en la expulsión que ahora la Sala señala como inconstitucional, pese a las observaciones de la asesoría jurídica del Infocoop.
El licenciado Ronald Freddy Zúñiga, abogado de los dos cooperativistas afectados, alegó ante los magistrados que la expulsión de los asociados resultó de un proceso “desproporcionado y limitante de los derechos constitucionales de mis representados, que por haber presentado un recurso de amparo hayan sido expulsados. Sobre todo porque es un hecho probado, que la solicitud de información y de la forma de su presentación
del 27 de enero de 2020, nunca fue puntualmente contestada”.
Y pese a que la representación legal de la cooperativa insistió ante la Sala en que Coopeagropal había procedido según sus estatutos, lo cierto es que los magistrados terminaron por dar razón al argumento de Zúñiga, en el tanto, un estatuto privado no puede estar por encima del acceso a los derechos de justicia constitucional.
Infocoop reconoce papel de la Sala
Por su parte, el subdirector ejecutivo y gerente jurídico del Infocoop, Mauricio Pazos, reconoció el tino de la resolución de la Sala en un asunto donde debe existir claridad tanto para los administradores de las cooperativas, como para sus asociados.
“Estos dos cooperativistas, en el mes de setiembre presentaron en el departamento de Supervisión Cooperativa, una denuncia de lo que a ellos les parecía necesario que el Infocoop analizara, incluyendo la propia asamblea en la que los expulsaron”, recordó Pazos.
Pazos señaló que en su carácter de subdirector ejecutivo del Infocoop, se apersonó a verificar los hechos que se estaban dando en el cantón de Corredores en torno a este caso.
“En esa lid, al ostentar el cargo de Subdirector Ejecutivo con recargo de la Gerencia Legal del Infocoop, cuando analicé la denuncia presentada, decidí presentarme desde el día anterior para analizar el debido proceso de lo que la cooperativa estaba realizando, no obstante, pese a mi solicitud de reunirme con el Gerente, tuve una respuesta negativa; inclusive el propio día de la Asamblea, el asesora legal Juan Luis Mora Monge no permitió que hablara con nadie más que con él, y pese a que tanto el asesor legal de la Junta Directiva del Infocoop que me acompañaba en la gira, como mi persona, le hicimos ver todas las observaciones que hoy acogió la Sala Constitucional para declarar la nulidad de la Asamblea, el colega Mora Monge las obvió, inclusive no nos brindó copia del expediente del proceso, algo que por nuestra función de supervisión estamos facultados a obtener”.
De hecho, Coopeagropal deberá ahora entregar información del proceso que fue solicitada por Pazos y la asesoría legal del Infocoop, sin embargo, a la fecha esa información no se ha facilitado.
“En ese orden de ideas, a la fecha la documentación que ese día le solicitamos no ha llegado al INFOCOOP, y por ende, realicé un informe a la Junta Directiva, y la posición que asumió el máximo jerarca del INFOCOOP fue a favor de los asociados”, dijo.
“Aplaudo y felicito a los señores magistrados por lo resuelto en el recurso de amparo, y desde el Infocoop, con este resultado, vamos a retomar el tema para analizarlo a lo interno, tanto por la violación del debido proceso a los asociados, como también en función de las decisiones que están tomando y que podrían afectar los intereses institucionales”, apuntó Pazos.