Por Esteban Mata.
Al menos, durante los últimos 10 años, Aresep fijó las tarifas de Riteve S&C a base de índices generales emitidos por el INEC, sin tomar en cuenta en realidad cuánto ganó o dejó de ganar la empresa que da el servicio de revisión técnica vehicular.
Todavía hoy, no hay claridad sobre estos resultados económicos, sin embargo, malos no ha de ser, pues la transnacional parece no sentirse incómoda operando en el país.
De acuerdo con el oficio OF-0312-IT-2022, firmado por el Intendente de Transportes, Edward Araya, Rodríguez, dirigido a la Comisión Permanente de Cooperativas de Autogestión (CPCA), la Aresep se encuentra atada de manos para incluir en el análisis de tarifas los estados financieros de Riteve.
Esto a pesar de que los informes son públicos.
Esto a pesar de que estos informes financieros, en teoría, los tiene el Cosevi.
Esto a pesar de la opacidad ligada a los contratos con Riteve, una falta de claridad que nos remite a los primeros años de la década del 2000, cuando por pura casualidad, se le perdió dicho contrato al entonces viceministro de Transportes, Eliécer Feinzaig, hoy, diputado del Partido Liberal Progresista.
Cabe acotar que en estos 20 años, a ningún diputado se le ha ocurrido exigir la modificación con una cláusula que permita incluir la relación costo beneficio de Riteve en su estructura tarifaria.
Esta falta de información ha sido uno de los problemas para que organizaciones cooperativas puedan generar un modelo de negocio que pueda competir en una licitación pública por la revisión técnica, pues Riteve se deja para sí los datos y la información a pesar de que es de carácter público, pues se trata de un servicio público.
En el documento emitido por la Aresep, Acuña, desde la Intendencia de Transporte, señala:
“(…) en este momento las tarifas que corresponde fijar a la Aresep para el servicio de inspección técnica vehicular se rigen conforme con lo establecido en el contrato vigente entre el Estado y Riteve, es decir, utilizando como insumo principal lo establecido en el decreto N° 40136-MOPT del 21 de diciembre del 2016, publicado en el alcance 14 a La Gaceta 15 del 20 de enero del 2017, en el que establece el “modelo tarifario para el ajuste de tarifas del servicio técnica vehicular (RTV) a cargo de Riteve S&C S.A.”.
Esto a pesar de que la Ley 9078 establece:
“ARTÍCULO 29.- Tarifas por el servicio de la IVE
“Corresponderá a la Aresep realizar los estudios técnicos y determinar el modelo tarifario que se utilizará para fijar las bandas tarifarias que definan el monto mínimo y máximo que podrá cobrar un CIVE, por la inspección y la reinspección vehicular.
“La tarifa incluirá un canon a favor del ente a cargo de la fiscalización del servicio y un canon a favor de Aresep por actividad regulada; en ambos casos, la aprobación de este corresponderá a la Contraloría General de la República.
“Dicha tarifa deberá ser cancelada previo a la IVE.”