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Cobro por transacción en datáfonos tendrá tope máximo del 2.5% según el Banco Central

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El diputado oficialista, Welmer Ramos, señaló que, a partir del martes anterior, entró a regir la primera fijación ordinaria de las comisiones del sistema de tarjetas de pago en las transacciones efectuadas en datáfonos.  Los costos pasaron de topes de un 12% a una comisión máxima del 2.5% fijada por el Banco Central de Costa Rica (BCCR).

La Ley 9.831 establece que el BCCR, el 01 de julio de cada año, tendrá que fijar la tarifa que se cobrará a los comercios por el uso del datáfono. Para esta primera fase, el estudio plantea que la comisión máxima de adquirencia inicial para todas las actividades económicas y tamaños de empresa será de 2.50%, y se planea reducir en 25 puntos porcentuales el 1 de julio de 2021 y en 50 puntos porcentuales el 1 de julio de 2022 hasta ubicarse en 1.75%.

Según el informe, la segunda fase iniciaría a partir del 1 de julio de 2022, de ahí el BCCR podrá decidir nuevos ajustes en la comisión máxima de adquirencia a partir de la información recopilada con el análisis del sistema que se obtenga en la primera fase.

“Esto le estaría ahorrando a los costarricenses por año en comisiones masomenos unos 110 mil millones de colones y eso permitiría rebajar de manera significativa los precios en Costa Rica puesto que ya no estaríamos pagando el 7% o el 12% sino que estaríamos pagando tarifas máximas del 2 % y en algunos servicios se pagaría un 1%”, indicó Ramos.

El legislador resaltó que es una “barbaridad” que en Costa Rica se cobrarán esos montos que encarecen más el costo de la vida. De igual forma, agregó, que se hizo un estudio comparativo con los montos que se pagan en Europa y notaron diferencias exhorbitantes.

“Algunos estudios que hicismos desde el despacho nos dimos cuenta que en Europa el costo de transar por medios electrónicos es sumamente bajo. Es .20 para tarjetas de débito y .30 % para tarjetas de crédito, mientras que en Costa Rica el estudio de Banco Central demostró que habían pymes que pagaban hasta el 12% y eso es una barbaridad cuando vimos esas diferencias”, concluyó.

Ley de datáfonos (9.831)

El texto contempla que el Banco Central de Costa Rica determinará las comisiones máximas para intercambio, adquirencia y limites máximos, las cuales se podrán cobrar a emisores o las que establezcan los proveedores de servicio por el uso de los dispositivos de pago, cuando se determine que existen prácticas contrarias a la regulación.

Las comisiones máximas autorizadas por el Banco Central de Costa Rica aplicarán para todos los tipos y montos de transacción, tipos de dispositivos de pago y actividades comerciales, salvo cuando el Banco Central de Costa Rica, debidamente fundamentado en criterios técnicos, determine comisiones diferenciadas que conduzcan al buen funcionamiento, la eficiencia y seguridad del sistema de pagos costarricense.

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