El pasado 6 de enero la Sala I en una votación de mayoría revivió una sanción de la Contraloría General de la República (CGR), que había sido anulada en dos instancias judiciales, contra el presidente del Movimiento Cooperativo, Freddy González.
Se trata de una investigación que data desde el 2009 en la que se inhabilitaba por cinco años a González de ejercer cualquier cargo público, y que el 6 de julio del 2021 el Contencioso Administrativo anuló y esta decisión fue ratificada el 18 de marzo de 2022 por el tribunal de apelaciones.
Incluso en estas sentencias se condenó al Estado y a la Contraloría a pagar las costas del proceso y se absolvió a González de los que el ente contralor buscaba achacarle.
Pero ahora la Sala I de la Corte en una resolución de mayoría, tres contra dos, tras el proceso de casación presentado por la Contraloría cambia totalmente los criterios de las dos sentencias anteriores y revive la sanción, lo que obliga al máximo líder del cooperativismo a tener que dejar su puesto.
Ante este nuevo rumbo Freddy González señaló que es lamentable el rumbo que tomó la situación, en la que pareciera se está politizando el tema debido al apoyo que el sector cooperativo le ha dado al Presidente Rodrigo Chaves quien ha sido crítico de muchas acciones del Poder Judicial y la Contraloría.
“Resoluciones como esta, me atrevería a decir, que fomentan una gran desconfianza hacia este sector del Estado costarricense”, dijo González y agregó “cuando uno está en política, o se mete en política, nosotros tomamos una decisión en el movimiento cooperativo de apoyar al gobierno, de apoyar al Presidente, de hacer Patria con el presidente y hemos sido en eso muy enfáticos y hemos sido muy críticos de la Contraloría General de la República”.
Pero en esto también llama la atención lo dicho por los dos magistrados que votaron al contrario de la mayoría, Leiva Poveda y Zamora Campos, ya que expresan su acuerdo con la nulidad con la sanción interpuesta por el ente contralor.
“Estimamos que la determinación de la sanción impuesta, constituye un ejercicio ilegal de la discrecionalidad administrativa, pues la sanción impuesta violenta uno de los límites que el ordenamiento jurídico establece a su ejercicio, a saber, el de razonabilidad y proporcionalidad, aspecto que conlleva la nulidad de la sanción administrativa impuesta por la Contraloría General de la República a los actores”, señalan.
Lo cierto del caso es que ahora el presidente del cooperativismo deberá apartarse de cualquier cargo por año y medio, que fue el tiempo faltante cuando la sanción había quedado sin efecto.